CATALOGO DE DELITOS

SECCIÓN: Vista tipo penal

Volver a la lista 

Página  Primero Anterior Proximo Ultimo  de 1003

Tipo penal
Accidente de tránsito con muerte o lesiones, ocasionado por negligencia o falta de previsión del contratista o ejecutor de obras públicas
Descripción
El contratista y/o ejecutor de una obra que por negligencia o falta de previsión del peligro o riesgo en la ejecución de obras en la vía pública, ocasionare un accidente de tránsito del que resulte muerta o con lesiones graves una o más personas.
Tipo de acción
Acción penal pública
Ley
Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Título
III - De las infracciones de tránsito
Capítulo
IV - De los delitos de tránsito
Artículos principales
128
Pena general
Prisión
Pena específica
3 a 5 años; multa de 20 remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general; resarcimiento económico por las pérdidas producidas por el accidente.
Sanción en caso de tentativa
Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)
Titular de la acción
Fiscal
Tiempo de indagación previa
30 días
Tiempo de instrucción fiscal
45 días
Vigencia
Vigente

Circunstancias modificatorias no constitutivas Pena modificada Artículo Indagación
Si el accidente causare pérdida de órgano principal, enfermedad, lesión o incapacidad laboral permanentes.Tres cuartas partes de la pena de prisión de 3 a 5 años; multa de 20 remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general137 Lit. a) 30 días 
Si el accidente causare incapacidad laboral o enfermedad que exceda de noventa días.Mitad de la pena de prisión de 3 a 5 años; multa de 20 remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general137 Lit. b) 30 días 
Si el accidente causare incapacidad laboral o enfermedad de sesenta a noventa días.Un tercio de la pena de prisión de 3 a 5 años; multa de 20 remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general137 Lit. c) 30 días 
Si el accidente ocasionare incapacidad laboral o enfermedad de treinta y uno a cincuenta y nueve días.Un cuarto de la pena de prisión de 3 a 5 años; multa de 20 remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general137 Lit. d) 30 días 
Si las obras hubieren sido ejecutadas mediante administración directa por una institución del sector público, responsabilidad penal se aplicará al funcionario responsable directo de la obrasPrisión de 3 a 5 años; multa de 20 remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general; resarcimiento económico por las pérdidas producidas por el accidente128 30 días 

Página  Primero Anterior Proximo Ultimo  de 1003

 

 Fiscalía General del Estado - ECUADOR - Corporación de Estudios y Publicaciones.